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Código de Ética.

Nuestro Código de Ética es la base de la conducta empresarial responsable de Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, que se caracteriza por el respeto, la honestidad y la integridad. El código norma la conducta de directivos y empleados en relación con situaciones que podrían presentar riesgos de conflictos éticos, tales como interacciones con clientes, proveedores, funcionarios de gobierno, organizaciones civiles y la comunidad.

 

Así mismo indica como tratar cualquier violación, conducta o práctica que no se apegue a la correcta conducta ética personal.

 

En ese sentido, recomendamos a nuestros proveedores de bienes y servicios de todo el mundo apegarse a las buenas prácticas, en cuanto a derechos laborales, medio ambiente, comunidad, ética y valores.

OBJETIVO. Nuestro Código de Ética y Conducta es parte del Programa de Ética, Integridad y Cumplimiento que hemos implementado, cuyo objetivo es conducir las actividades y disposiciones de Ingeniería Aplicada y Soluciones Integrales S.A. de C.V., y de todo el personal que colabora en nuestra empresa, para que estemos sintonizados a nuestros principios y valores, así como a la legislación aplicable.

Nuestro programa establece las políticas y procedimientos necesarios para administrar, supervisar, controlar, evaluar y mejorar de forma continua nuestras prácticas, de acuerdo con nuestro compromiso de “Conducta Ética en los Negocios y Tolerancia Cero al Soborno y a la Corrupción”, y conforme a la legislación nacional e internacional, así como con los más altos estándares y mejores prácticas en materia de combate al soborno y a la corrupción.

ALCANCE. Este Código está dirigido y es de observancia obligatoria para todos los accionistas, consejeros, asesores, directivos, colaboradores, contratistas y, en general, a todo aquel que actúe en nombre o representación de Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V., incluyendo a quienes lo hacen a través de terceros tales como proveedores y contratistas, socios, filiales y subsidiarias, agentes, o colaboradores. El desconocimiento de este Código no exime de su cumplimiento y/o la aplicación de las sanciones que correspondan.

RESPONSABILIDAD DE LEGALIDAD. Los integrantes de Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales S.A. de C.V. debemos actuar en cumplimiento de las leyes aplicables en México y/o de cualquier país en que se tengan negocios, así como de conducirnos conforme a los principios de este Código.

Las acciones de todas las personas a quienes está dirigido este Código, en todas y cada una de las operaciones y actividades que llevamos a cabo, deben desarrollarse con pleno apego a los lineamientos impuestos por las políticas, procedimientos y legislación aplicable.

Quienes integramos Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales S.A. de C.V. estamos comprometidos a conducirnos en toda relación con terceros, y en particular en las negociaciones con clientes y proveedores, cumpliendo los más altos valores éticos, las leyes y las mejores prácticas, nacionales e internacionales, en materia de combate al soborno y a la corrupción, así como aquellas relativas a cualesquiera obligaciones aplicables a nuestra empresa, tales como obligaciones de carácter bursátil, lavado de dinero, financiamiento al terrorismo, respeto a los derechos humanos, competencia económica, protección de datos personales, confidencialidad, medio ambiente y laborales. Por ello, estamos obligados a sujetarnos al presente Código.

Una condicionante para el empleo en Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. es actuar conforme al presente Código de Ética, por lo que cualquier violación al mismo, dará lugar a la imposición de las sanciones que corresponda, conforme al catálogo de sanciones y a los procedimientos disciplinarios establecidos por el Consejo de Administración de nuestra empresa.

LAVADO DE DINERO. En Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. estamos comprometidos con el cumplimiento de las leyes y disposiciones en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Por ello, está estrictamente prohibido que cualquiera de nuestros directivos, colaboradores, proveedores y cualquier tercero que actúe en nuestra representación, participe en cualquier acto que pueda constituir el delito de lavado de dinero o incurra en cualquier acción que pueda facilitar su comisión. Para ello, contamos con políticas, procedimientos y procesos que previenen la comisión de estas conductas.

FRAUDE INTERNO. Quienes integramos Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. estamos comprometidos a prevenir e impedir cualquier tipo de fraude interno en todos sus ámbitos de actividad, así como la obtención de cualquier beneficio personal en perjuicio de nuestra empresa. Está prohibido disponer de los bienes de Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. para fines distintos a los encomendados, ya sea a título propio o de otra persona.

Para ello, contamos con políticas, procedimientos y procesos que previenen la comisión de estas conductas. El fraude interno se entiende como todo acto u omisión que de manera deliberada induce al engaño, o intenta engañar, a otra persona para obtener un beneficio indebido, o bien para que ésta incumpla sus obligaciones.

CAPACITACIÓN. Quienes integramos Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. recibiremos entrenamiento y capacitación atendiendo a los niveles y responsabilidades que asumimos dentro de la empresa, en distintas materias con lo que reforzaremos, de forma permanente, nuestros valores, las disposiciones de este Código y sus políticas; acciones que además nos permitirán evaluar constantemente la efectividad, eficiencia y sostenibilidad del programa.

INTEGRIDAD EN LA CONTRATACIÓN DE RECURSOS HUMANOS. En la contratación de recursos humanos, Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. cuenta con mecanismos tendientes a prevenir la incorporación de personas que puedan generar un riesgo a la integridad de nuestro grupo empresarial o bien de mecanismos que permitan evitar situaciones que impliquen un conflicto de interés de cualquier naturaleza. Sin que ello implique la discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, o bien que anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. El tratamiento de los datos personales en nuestra posesión serán tratados en pleno cumplimiento a las disposiciones legales aplicables, con el mayor cuidado y confidencialidad, bajo los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad en el tratamiento de datos personales.

CONFIDENCIALIDAD. Se debe mantener la confidencialidad de la información que haya sido confiada por Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V., proveedores o clientes, excepto cuando la revelación sea autorizada u ordenada por mandamiento legal u orden judicial. La información confidencial incluye toda la información que no tenga el carácter de pública y que pueda ser utilizada por los competidores o que le pueda causar algún daño a Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V., sus proveedores o clientes, en caso de que ésta sea revelada.

Se debe asumir que la información de la empresa es confidencial, salvo que haya indicios claros de que es pública. Al terminar la relación contractual o laboral con Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V., se deberá guardar estricta reserva de la información de cualquier naturaleza, documentos, políticas, organización, sistemas de administración, comerciales y tecnología usada y/o desarrollada, procedimientos, y todos aquellos actos y hechos que con motivo de su trabajo fueron de su conocimiento, que haya tenido acceso y/o uso durante su periodo de colaboración; y por lo tanto se obliga a no utilizar en su beneficio o en el de terceras personas, ya sea directa o indirectamente.

Toda la violación a cualquiera de las disposiciones señaladas será sancionada conforme a la Ley de la Propiedad Industrial, Ley Federal del Derecho de Autor, Ley Federal del Trabajo, Código Penal aplicable, independientemente de cualquier otra acción civil, administrativa, o mercantil que pueda ejercer Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V.

INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. La información confidencial se debe manejar exclusivamente por quienes tienen la obligación de conocerla, atendiendo al desempeño de sus funciones; ello no autoriza a usarla o divulgarla fuera de la empresa o a colaboradores que no están autorizados para conocerla.

Este tipo de información:

a. No puede ser usada, verbalizada o discutida fuera o dentro de la empresa si no es para el correcto cumplimiento de sus funciones y actividades; y, en su caso, previo acuerdo de confidencialidad.

b. No se puede divulgar información confidencial relativa a procesos, métodos, estrategias, planes, proyectos, datos técnicos, de mercado o cualquier otro tipo.

c. Está prohibido utilizar información privilegiada para obtener o pretender obtener beneficio personal o para terceros.

REGISTRO DE INFORMACIÓN FINANCIERA. Las personas encargadas de elaborar y resguardar los controles administrativos y contables están obligadas cerciorarse que sus reportes financieros sean preparados y resguardados con exactitud y confiabilidad. Está prohibido que cualquier persona de Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. altere, sustraiga o intente desvirtuar los registros para ocultar la verdadera naturaleza de una transacción en los libros y registros, ya sea para simular el cumplimiento de sus metas u objetivos, para obtener un beneficio personal o por cualquiera otra razón.

NEGOCIACIONES JUSTAS. Debe de existir un esfuerzo para negociar de manera justa con los clientes, proveedores, competidores y colaboradores de la empresa, no tomando ventaja injustamente o de forma ilegal, por la manipulación, ocultación o el abuso en la utilización de información privilegiada, la incorrecta representación de hechos materiales, o cualquier otra práctica que sea injusta o ilegal. El uso indebido de información privilegiada no es ético y puede ser ilegal.

OPORTUNIDADES CORPORATIVAS. Es obligatorio impulsar los legítimos intereses de Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V.. No se deberá tomar ventaja personal mediante el uso de propiedad, información o de la posición en Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V., que con motivo del cargo sea conocida.

CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE. Para Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. es parte de nuestra razón de ser, el desarrollar nuestras operaciones en armonía con la naturaleza. Estamos completamente comprometidos en realizar nuestras actividades de negocio de una manera responsable con el medio ambiente para minimizar el impacto de nuestras operaciones, por lo que:

  1. Promovemos en nuestros colaboradores el conocimiento y conservación del medio ambiente y sus recursos.

  2. Reconocemos las prácticas ambientales responsables en su labor cotidiana; hacemos partícipes a nuestros colaboradores y sus familias en las campañas de reforestación y limpieza.

  3. Alentamos el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas del medio ambiente en nuestras operaciones.

  4. Es obligación de quienes formamos parte de Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. demostrar comportamientos medio ambientales correctos, cumplir y hacer cumplir las normas, políticas y procedimientos de preservación del medio ambiente, establecidos por la empresa, así como reportar cualquier riesgo ambiental potencial.

  5. Mantenemos canales de comunicación abiertos con nuestros colaboradores, proveedores, comunidades y otros grupos de interés para que conozcan nuestro progreso.

RELACIÓN ENTRE PERSONAS. Estamos comprometidos a propiciar el desarrollo de competencias en nuestros colaboradores y fomentar el aprecio a los más altos valores morales y normas éticas. Transmitimos y difundimos nuestros valores y principios a través de nuestra conducta, que:

i. Reconoce que la honestidad es la base para una relación estrecha y duradera y que ésta se fundamenta en la integridad de las personas. En Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. creemos en la buena fe del otro salvo prueba en contrario.

ii. En Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. está estrictamente prohibido amenazar, ofender, discriminar, intimidar, difamar, calumniar, hostigar, acosar sexual o laboralmente, ejercer cualquier forma de maltrato físico, verbal, psicológico y/o económico en contra de cualquier colaborador, proveedor, cliente, asesor y/o cualquier otra persona relacionada a Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V.

iii. No toleramos ningún tipo de acoso o condicionamiento al personal, ni que el éxito de una persona dependa de favoritismos o sobornos. Nuestro compromiso es mantener un ambiente de trabajo sin hostigamiento, incluyendo lenguaje o conductas que puedan ser intimidantes, discriminatorias y/u ofensivas.

iv. En Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. promovemos permanentemente la igualdad laboral y la no discriminación considerando cualquier acto que atente contra nuestros colaboradores o entre ellos como una falta grave.

v. Brindamos a todos los colaboradores las facilidades pertinentes para que desarrollen su talento y competencias y lo puedan aplicar para tomar mayores responsabilidades, dentro de las oportunidades que se les presenten.

RELACIONES SENTIMENTALES ENTRE MIEMBROS DE INGENIERÍA APLICADA Y SOLUCIONES AMBIENTALES, S.A. DE C.V. Quienes integran Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. deberán abstenerse de mantener relaciones sentimentales que se puedan dar por la convivencia diaria en el lugar de trabajo. De existir una relación sentimental que pueda incidir en la relación de trabajo, o pueda generar beneficios no justificados, el área de recursos humanos determinará las acciones más convenientes a seguir, pudiendo solicitar para ello la opinión del Consejo de Vigilancia.

DENUNCIA. La actuación de quienes integramos Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. debe estar apegada a las leyes, reglamentos y disposiciones aplicables y con el presente Código, por lo que se deberá denunciar cualquier sospecha de violación a dichas leyes, reglamentos o disposiciones gubernamentales aplicables, así como las violaciones al presente Código, ante el Consejo de Vigilancia, mediante los medios y mecanismo establecidos para tales efectos.

Nadie podrá será sujeto de represalias, intimidación, presiones o venganzas por denunciar, de buena fe, la sospecha de alguna violación. Cualquiera de estos actos, es decir, las represalias, intimidación, presiones o venganzas por denunciar conforme a lo anterior, constituyen en sí mismo una violación a este Código.

Las denuncias serán investigadas de manera imparcial, conforme a los procedimientos autorizados por el Comité de Vigilancia. Las denuncias deberán contener la información que permita conocer y verificar la gravedad, naturaleza, grado de participación y urgencia de la violación denunciada, y deberán hacerse por los mecanismos establecidos por el Sistema de Denuncias del Departamento Jurídico.

El Comité de Vigilancia, conforme a los procedimientos establecidos por el Sistema de Denuncias del Departamento Jurídico, deberá monitorear, investigar, atender y, en su caso, imponer sanciones derivadas de violaciones al presente Código.

Se han diseñado canales confidenciales, como son:

a. Correo Electrónico (ingenieriaaplicada.gerencia@gmail.com)

b. Por escrito presentado al Comité de Vigilancia.

Quienes que integramos Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. debemos cooperar en las investigaciones internas relativas a las violaciones a la legislación y a este Código.

Cualquiera de quienes integramos Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V. que tenga inquietudes, preguntas o dudas sobre el contenido de este Código, puede acercarse en primera instancia a su jefe inmediato, al Director o al Comité de Vigilancia.

SANCIONES. Las violaciones a nuestros principios y valores, y a las leyes serán sancionadas conforme a lo señalado en este Código, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar. Las sanciones aplicables por violaciones al presente Código, por actuar contrariamente a los valores y principios éticos y de integridad de Ingeniería Aplicada y Soluciones Ambientales, S.A. de C.V., así como por incumplir con las políticas y procedimientos, son:

a. Llamada de atención o amonestación privada;

b. Acta Administrativa;

c. Término de la relación laboral o contractual; y

d. Cualquier otra que se determine en el Catálogo de sanciones por el Comité de Integridad.

Su imposición se hará previo procedimiento disciplinario, en que al menos se deberá cumplir con lo siguiente: 1. Se deberá contar con la evidencia disponible para ser validada y evaluada por el Comité de Vigilancia, antes de que se imponga la sanción correspondiente al probable infractor.

2. Se dará oportunidad al probable infractor de alegar por escrito y aportar los elementos que considere deben ser valorados para la determinación de la responsabilidad.

3. La severidad de la sanción se impondrá en función de la gravedad de la falta cometida y/o de la reincidencia.

4. En caso de que se detecten violaciones a las leyes, se dará parte a las autoridades competentes.

5. Las sanciones deben ser impuestas por el Comité de Vigilancia y ejecutadas por el superior jerárquico del sancionado o por el área de recursos humanos. Se tomarán medidas disciplinarias, además, contra quien:

a. Autorice, apruebe, permita o participe acciones que sean contrarias al presente Código.

b. Omita dolosamente dar informar o denunciar las infracciones a las leyes, o al presente Código, o bien oculte dichas infracciones o retenido, intencionalmente, información sobre ellas.

c. Tome represalias, inhiba o amenace de forma directa o indirectamente y/o exhorte a otros compañeros para hacerlo; en contra de quien formule o pretenda formular una denuncia por presuntas violaciones a las leyes o a este Código.

d. Teniendo conocimiento de alguna falta por el personal a su cargo, no tome las medidas oportunas para denunciarla y corregirla e impedir sus efectos.

En caso de los proveedores, contratistas o cualquier otra persona con una relación comercial que violente este Código, podrá ser sujeto de rescisión de la relación contractual.

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